ESCALA DE VALORACION E INFORMES ACADÉMICOS

ARTICULO 55. Escala de valoracion: 

El liceo patria valora los desempeños alcanzados por los educados en su proceso formativo aplicando una escala numerica que se homologa con la escala nacional y se expresa de la siguiente forma:

 

DESEMPEÑO

VALORACION NUMERICA

BAJO

1.0 a 2.9

BASICO

3.0 a 3.9

ALTO

4.0 a 4.5

SUPERIOR

4.6 a 5.0

Desempeño superior:  

Para aquellos estudiantes que se destacan por sus meritos cualidades consecucion de logro, apredizajes, dominio de temas y contenidos previstos en el area de formacion y un excelente manejo de las relaciones personales con los miembros de la comunidad educativa. Se caracteriza este desempeño porque el estudiante:

 

A. Domina los contenidos del area.

B. Utiliza el conocimiento para resolver situciones problemas del contexto.

C. Es competente en su accionar en sus relaciones con el otro y con el contexto.

D. Es critico, creativo y propositivo al expresar sus ideas.

E. es original, cuidadoso y creativo en la presentacion de sus trabajos.

F. se documenta y hace aportes oportunos y pertinentes al desarrollo de la clase.

G. su trabajo en equipo es productivo y se integra con cualquier miembro de la comunidad educativa.

H. es persona integra modelo a imitar y a seguir como ejemplo.

I. mantiene excelentes relaciones interpersonales con los miembros de la comunidad educativa.

J. se esmera por su presentacion personal y el cumplimiento de las normas.

 

DESEMPEÑO ALTO. 

cuando se alcanzan los logros y desempeños requeridos con algunas limitaciones.El estudiante es valorado con este desempeño:

A. domina la mayoria de los contenidos del area.

B. Maneja conceptos con alguna dificultad de aplicacion en el contexto.

C. Muestra interes en investigar y profundizar en temas expuestos.

D. Participa del trabajo en equipo y aporta ideas e inquietudes

E. mantiene buenas relaciones con los miembros de la comunidad educativa.

F. cuida su presentacion personal y el cumplimiento de normas.

 

DESEMPEÑO BASICO.

Cuando alcanza medianamente los aprendizajes provistos persistiendo en algunas inconsistencias en la parte cognitiva, actitudinales y social:

A. Presenta dificultad para el manejo de algunos contenidos requeridos en el área 

B. Cumple con los mínimos requisitos exigidos en el desempeño cognitivo y su aplicación en el contexto 

C. Requiere de actividades de superación y refuerzo para alcanzar los requerimientos mínimos 

D. Es conformista con el desempeño adquirido, se le dificulta el trabajo en equipo y la aplicación de los conocimientos en el contexto 

E. Se ajusta a las indicaciones dadas, sus aportes son sencillos.

F. Falta desarrollar el espíritu de investigación y profundizar en los temas desarrollados 

G. En sus relaciones con los integrantes de la comunidad observa leves comportamientos de tolerancia.

H. Su presentación personal no es la adecuada e incumple las normas establecidas en el pacto social de convivencia.

 

DESEMPEÑO BAJO:

Persiste en la dificultad cognitiva impidiéndole alcanzar los aprendizajes requeridos en el área. el estudiante no alcanza los mínimos requeridos por el área. Se caracteriza por:

 

A.    Escaso dominio de los temas y contenidos del área

B.    Dificultad para aplicar los conocimientos del contexto

C.   Poca participación en clase y escasa participación trabajos de equipo

D. No aplica conocimientos a la solución de problemas de entorno

E. Pasividad en las clases

F. Poco interés en el cumplimiento de las lecciones, tareas y trabajos

G. Distanciamiento del trabajo en equipo y poca relación intelectual con los demás

H. Dificultad en el manejo de sus relaciones interpersonales con los miembros de la comunidad educativa

I. Descuida su presentación personal y el cumplimiento de normas establecidas en el Pacto de Convivencia

 

ARTICULO 56. INFORMES DE EVALUACION:

El informe de evaluación se define como el reporte de los resultados obtenidos por el estudiante dentro del proceso formativo en cada periodo académico, en cada una d las aéreas y asignaturas establecidas en el plan de estudios de la Básica y Media y, en relación con los críticos evaluativos del conocer (conocer y hacer), saber ser (actitud), y sabes convivir (social)

 

ARTICULO 57. PERIODICIDAD DE LOS INFORMES:

Los informes de evaluación se entregan el padre de familia o acudiente cada periodo escolar el cual corresponde a diez semanas lectivas, es decir, cuatro boletines uno por cada periodo académico y un boletín final que muestra los avances alcanzados por el estudiante durante el año escolar y si fue o no, promovido al grados siguiente.(Anexo4)

ARTICULO 58. REGISTRO ESCOLAR:

La memoria de una institución educativa la constituye el hecho de registra y actualizar los resultados o valoraciones obtenidos por cada uno de los estudiantes que se halla matriculados y legalizados en el plantel educativo, tal como lo establece el decreto 1290 en su artículo 16. Dicho registro se hace grado por grado en el formato estableció para tal fin

 

ARTICULO 59. CONSTANCIAS DE DESEMPEÑO:

Son los certificados que en cualquier época del daño se emiten con base en el registro escolar de valoración para establecer los desempeños logrados por el estudiante, según los establecido en el articulo 17 decreto 1290, en estas constancias se incluye novedades como promoción posterior, promoción anticipada y si fue o no promovido al año siguiente; las valoraciones deben expresarse tanto en la escala institucional como en la escala nacional

 

ARTICULO 60. CONSOLIDADO INSTITUCIONAL DE EVALUACION:

Son los libros de contabilidad académico que el SIEE denomina registro anual escolar y contiene la valoraciones que por su desempeño han obtenido todos y cada uno de los estudiantes matriculados en el año electivo. Se establece también que estos registros se llevan en forma sistematizada y se van almacenando siguiendo los parámetros establecidos para el manejo y archivo de documentos 

CAPITULO VII. INSTANCIA, PROCEDIMIENTOS Y MECANISMOS DE ATENCION A RECLAMACIONES DE EVALUACION

 

ARTICULO 61. DEFINICION:

Las instancias, los procedimientos y mecanismos de atención y resolución de reclamos académicos son los medios que la institución establece para garantizar a los padres y a los estudiantes una correcta aplicación de los criterios evaluativos establecidos

ARTICULO 62. INSTANCIAS Y PROCEDIMIENTOS PARA LA RECLAMACION:

El padre de familia y/o estudiante, en caso de considerar que hay lugar a reclamos sobre evaluación y promoción podrá acudir a las siguientes instancias:

A. Documento del área o asignatura

B. Coordinadora(a)

C. Consejo Directivo

El procedimiento para la reclamación es el que se describe a continuación:

A.Dentro de los dos días siguientes al conocimiento del resultado de la evaluación el estudiante y/o el padre de familia presentara, por escrito y debidamente sustentada, al docente de la asignatura la pretensión que considere

B.El docente de la asignatura, dentro de los dos días siguientes al recibo de la petición, deberá responder por escrito tal reclamación

C. Si no es satisfecha la respuesta, el estudiante y/o el padre de familia dentro de los dos días siguientes al recibo de la respuesta del docente podrá elevar su petición por escrito a la coordinadora de la jornada correspondiente anexando la respuesta del docente

D.El coordinador deberá resolverla por escrito, dentro de los días siguientes al recibo de la misma

E.De continuar la inconformidad, dentro de los días siguientes la recibo de la respuesta del coordinador, el estudiante y/o padre de familia podrán como última instancia presentar su reclamo al Consejo Directivo anexando las respuestas anteriores; el Consejo deberá decidirla dentro de los cinco días siguientes a su recibo.

 

ARTICULO 63. COMISION DE EVALUACION Y PROMOCION:

 El consejo académico conforma para grado una comisión de evaluación y promoción integra por los docentes directivos del grupo, un representante de los padres de familia (que no sea docente de la institución) con su suplente y el coordinador académico. se determina las siguientes funciones para la comisión de la evaluación y promoción:

A. Reunirse al finalizar cada periodo escolar una vez se hayan realizado las actividades de superación establecidas por la institución, al final del año y cuando la situación lo amerite

B. Realizar el seguimiento de los procesos de evaluación y promoción de los estudiantes

C. Analizar los casos de educandos valorados con desempeño bajo en cualquiera de las aéreas y hacer recomendaciones generales o particulares a los docentes, padres de familia, o a otras instancias de la institución en lo referente a actividades  de superación cuando se refiera a un periodo académico o de nivelación en caso de la promoción posterior

D. Llevar por medio de actas que se constituyen en evidencias un registro de lo tratado y determinado en sus distintas reuniones así como un archivo de todo documento allegado a la comisión o emitido por esta

E. Entregar a la coordinadora el informa y las recomendaciones que se hayan establecido una vez analizada la situación académica de estudiante en cada periodo, para que sean conocidas por el padre de familia y/o acudiente a fin de entregar planes de refuerzo y firmar los respectivos compromisos académicos y/o actitudinales o sociales

F. Al finalizar el año académico se conforma una comisión integrada por un representante de las distintas  comisiones para analizar los resultados académicos de la institución a la luz de la reglamentación establecida y realizar la respectiva promoción normal

G.Resolver las acciones de reclamación que se presentan por inconsistencias o faltas al debido proceso académico 

CAPITULO VIII. CRITERIOS DE PROMOCION DE ESTUDIANTES

Articulo 64. DEFINICION:

La promoción es una consecuencia de todo proceso aprendizaje que realiza un educando y el resultado inmediato el proceso evaluativo aplicado al estudiante durante un año lectivo. En el Liceo Patria la promoción se realiza grado desde primero de Primaria hasta undécimo de Educación Media:

Los criterios establecidos para la promoción de un grado académico en el Liceo Patria son: el numero de aéreas aprobadas y la asistencia escolar y operan como sigue:

A. Haber sido promovido

B. Encontrarse a paz y salvo con la institución por todo concepto

C. No haber sido sancionado disciplinariamente con la proclamación en ceremonia

Artículo 65:La institución Educativa Liceo Patria establece dos momentos de promoción al saber:

A.Promoción Normal:

Se efectúa al finalizar el año lectivo para los estudiantes que cumplen con los requisitos de promoción mencionadas en el artículo 64 de este Manual y significa que han alcanzado, en definitiva como mínimo, un desempeño básico en todas las áreas del plan de estudios del año cursado, teniendo como referencias los estándares básicos, las orientaciones y lineamientos expedidos por el MEN y lo estableció el PEI. Asimismo, que las ausencias injustificadas no superen el 10% del total de actividades en la institución

B.Promoción Anticipada:

Es una estrategia de apoyo cuyo fin es promover al grado siguiente al estudiante que demuestre un rendimiento superior en el desarrollo cognitivo, personal y social en el marco de las competencias básicas del grado que cursa y que durante los grados anteriores se haya destacado por su excelente rendimiento, y al estudiante que no tubo promoción en el año electivo anterior

La Institución Educativa de acuerdo con lo anterior adopta los siguientes procesos y criterios: Para que el estudiante demuestre un rendimiento superior:

C. La promoción anticipada se decide durante el primer periodo académico, el interesado presenta ante el Consejo Académico la solicitud por escrita firmada por el estudiante y el padre de familia o acudiente, de ser aprobada la solicitud se establecerán las fechas para la presentación de pruebas de suficiencia en cada una de las áreas, las cuales serán aplicadas por el docente titular de cada área del grado que cursa el estudiante; de obtener como mínimo desempeño alto en todas las pruebas aplicadas, el consejo Académico recomendara ante el Consejo Directivo la promoción anticipada del estudiante cuya decisión será consignada en acta y es positiva en el registro escolar de valoración

D.Para el estudiante que no obtuvo promoción el año electivo anterior:

La promoción anticipada se decide durante el primer periodo académico y se ejecuta de acuerdo con el cronograma institucional que para el efecto se establezca y se debe agotar el siguiente proceso:

a. Manifestar su intención por escrito y avalada por el padre de familia 

b. Renovar matricula en el grado reprobado

c. Estudiar durante las vacaciones la temática de las áreas reprobadas con el acompañamiento y apoyo de los padres de familia

d. Presentar evaluación acumulativa sobre la temática desarrollada en el año lectivo en cada una de las áreas reprobadas

e. Obtener como mínimo desempeño básico en todas las áreas reprobadas

El resultado de esta evaluación acumulativa no se computa con ninguna otra valoración. De ser promovido el estudiante debe actualizar la matrícula y en cuanto a costos educativos pagar faltantes si es el caso

ARTICULO 66. APROBACION DE LAS AREAS:

Un área se define como un campo del saber humano que encierra una serie de conocimientos científicos manejados desde una o más asignaturas. El conjunto de áreas se constituya junto con todos los procesos inmersos en ella y la intensidad horaria de cada una, el plan de estudios de la institución.

A. Las áreas obligatorias y fundamentales en las que conforma el plan de estudios para cada grado son las establecidas en la ley 115

B. Existen dentro del grupo de áreas algunas están conformadas por solo una asignatura y otras por dos o más asignaturas

C. Un área se considera aprobado cuando el estudiante alcanzan un desempeño básico, como mínimo, en definitiva

D. El ares de Lengua Castellana se considera independiente por ser la lengua materna del pueblo colombiano y en este campo del saber se fundamenta el proceso de lecto-escritura el cual requiere metodologías especificas; además, desde el MEN se han emitido los lineamientos y estándares propios del área

E. El área de idioma extranjero está conformada solo por inglés y se considera independiente en el momento de su valoración en razón a que posee una estructura y uno ejes conceptuales propios, así como los lineamientos y estándares establecidos en el MEN. De igual manera, el manejo de las tecnologías de la informática y la comunicación requieren de este idioma y la proyección de las políticas gubernamentales en relación con la calidad educativa propende por el manejo de este idioma

F. Las áreas de Matemáticas, Tecnología e Informática y ciencias Sociales, pese a estar conformados por asignaturas diferentes, se valora de manera integral, es decir, con una sola nota por el área

G. La promoción en el área de ciencias naturales, énfasis académico de la institución y conformada por las asignaturas de Física, Química y Educación ambiental se hará de la siguiente manera: En la Básica Primaria es un área integrada y tiene una sola valoración; en la Básica Secundaria que comprende los grados de 6º a 9º se debe aprobar la asignatura de la biología y una de las otras dos que conforman el área (física y química); en la Media Académica el área está conformada por: Química, Física y Biología, y la nota se obtiene aplicando la siguiente distribución porcentual: 45% química, la asignatura de física representa otro 45% y el 10% restante la asignatura de educación ambiental. Si un estudiante debe presentar actividades de superación lo hará en aquellas asignaturas del área que fueron reportados como no aprobados.

ARTICULO 67. PROMOCIÓN DE LOS ESTUDIANTES DE LA EDUCACIÓN MEDIA:

L obtención del título de bachiller por parte de los estudiantes solo puede darse en el evento en que este haya culminado satisfactoriamente el nivel de educación media académica previo cumplimiento de los requisitos de promoción consignados en este documento y el servicio social obligatorio de conformidad con las normas legales y reglamentarias vigentes, el manual de convivencia liceísta y el PEL

La promoción de bachilleres es el acto protocolario a través de la cual la institución le entrega la sociedad y a las familias los nuevos bachilleres, es considerada en estímulo para aquellos estudiantes que cumplen los requisitos para acceder a este acto:

1. Haber sido promovido

2. Encontrarse a paz y salvo con la institución por todo concepto y

3. No haber sido sancionado disciplinariamente con la proclamación en ceremonia

 

CAPITULO IX. RESPONSABILIDAD DE LOS INTEGRANTES DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA FRENTE A LA EVALUACIÓN Y LA PROCLAMACIÓN

ARTICULO 68. RESPONSABILIDAD DE LA INSTITUCIÓN:

A. Definir, adoptar y divulgar el sistema institucional de evaluación de estudiantes, después de su aprobación por el consejo académico

B. Incorporar en el apoyo educativo institucional los criterios, procesos y procedimientos de evaluación; estrategias para la superación de debilidades y promoción de los estudiantes, definidos por el consejo directivo

C. Realizar reuniones de docentes y directivos docentes para finalizar, diseñar e implementar estrategias permanentes de evaluación y de apoyo para la superación de debilidades de los estudiantes y dar recomendaciones a estudiantes, padres de familia y docentes

D. Promover y mantener la interlocución con los padres de familia y el estudiante, con el fin de presentar los informes periódicamente de evolución, el plan de actividades de apoyo para la superación de las debilidades, y acordar los compromisos por parte de todos los involucrados

E. Crear comisiones u otras instancias para realizar el seguimiento de los procesos de evaluación y promoción de los estudiantes si lo considera pertinente

F. Atender los requerimientos de los padres de familia y los estudiantes, y proclamar reuniones con ellos cuando sea necesario

G. A través del consejo directivo servir de instancia para decidir sobre reclamaciones que presentan los estudiantes o sus padres de familia en relación con la evaluación o promoción

H. Analizar periódicamente los informes de la evaluación con el fin de identificar prácticas escolares que puedan estar afectando el desempeño de los estudiantes, e introducir las modificaciones que sean necesarias para mejorar

ARTICULO 69. RESPONSABILIDADES DEL ESTUDIANTE

A. Cumplir con los compromisos académicos y de convivencia definidos por el establecimiento educativo

B. Cumplir con la recomendación y compromisos adquiridos para la superación de sus debilidades

C. Manejar con responsabilidad los derechos estipulados por el decreto 1290 en el artículo 12  

D. Velar porque sea evaluado de manera integral lo que significado ser valoración en los aspectos académicos, personales y sociales

E. Conocer el sistema institucional de evaluación de los estudiantes: criterios, procedimientos e instrumentos de evaluación y promoción desde el inicio del año escolar

F. Solicitar informe de resultados de los procesos de evaluación y recibir oportunamente las respuestas de las inquietudes y solicitudes presentadas respecto a estas

G. Recibir las asesorías y acompañamiento de los docentes para superar sus debilidades en el aprendizaje

H. Manejar con honestidad y responsabilidad de autoevaluación

ARTICULO 70.  RESPONSABILIDAD DE LOS PADRES DE FAMILIA

A. Enterarse del sistema institucional de evaluación de los estudiantes consiste en criterios, procedimientos e instrumentos de evaluación y promoción desde el inicio del año escolar

B. Acompañar el proceso evaluativo del estudiante

C. Asistir las reuniones programadas por la institución tanto de carácter formativo e informativo como aquellas para recibir los informes periódicos de convivencia y evaluación

D. Estar atento a las respuestas dadas a las reclamaciones, inquietudes y solicitudes presentadas hechas dentro del proceso evaluativo del estudiante

E. Participar, a través de las instancias del gobierno escolar, en la definición de criterios y procedimientos de la evaluación del aprendizaje de los estudiantes y promoción escolar

F. Realizar seguimiento permanente al proceso evaluativo de sus hijos

G. Analizar los informes periódicos de evaluación

 

ARTICULO 71. RESPONSABILIDADES DE LOS DOCENTES

A. El docente no es un informador del saber, por ello la práctica pedagógica debe convertirlo en creador y generador de situaciones de aprendizaje; organizador de tareas significativas y trabajos científicos y culturales específicos; impulsador de preguntas e indignación para promover nuevos conocimientos

B. El docente siempre debe buscar las acusas de los resultados no satisfactorios en sus estudiantes para ayudarlos a superar debilidades en el máximo posible y el educando beneficiario del proceso evaluativo tiene la obligación y el deber de cumplir con todos los compromisos establecidos por el docente y la institución.